Medida ordenada por la Corte IDH:
El Estado tiene la obligación de realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional en relación con los hechos del caso Manuela, en el cual deberá hacer referencia a las violaciones de derechos humanos declaradas en la sentencia.
El acto deberá llevarse a cabo mediante una ceremonia pública en presencia de altos funcionarios del Estado y de los familiares de Manuela o sus representantes. Se deberá acordar con las víctimas y/o sus representantes la modalidad y particularidades de cumplimento del acto público.
El Estado debe difundir dicho acto a través de los medios de comunicación de la manera más amplia posible, incluyendo la difusión en la radio, televisión y redes sociales, en particular, aquellas pertenecientes al Ministerio de Salud y al Ministerio de Justicia y Seguridad Pública.
Plazo:
Doce meses desde la notificación de la sentencia realizada el 30 de noviembre del 2021.
Estado de implementación:
El Estado no ha brindado información al respecto.
Observaciones de organizaciones colitigantes:
El acto público no se ha llevado a cabo y el Estado no ha brindado explicaciones sobre la falta de cumplimiento de esta medida.